Con ocasión de la celebración del Foro Internacional sobre ISIS, realizado en Qamishlo (norte de Siria) los días 6, 7 y 8 del presente mes de julio 2019, el Centro de Información de Rojava (RIC) ha editado un informe bajo el título “Llevar a ISIS ante la justicia. Hacia un tribunal internacional en el noreste de Siria”.
El informe abunda en las razones por las que es preciso enjuiciar al Estado Islámico bajo las leyes internacionales, y apoya la propuesta de creación de dicho tribunal en el noreste de Siria, en el mismo terreno donde el califato ha sido vencido militarmente.
En esta ocasión publicamos una nueva entrega. Para leer el resto de los capítulos, clickear aquí: parte 1, parte 2, parte 3, parte 4.
Un tribunal internacional como solución para los sospechosos extranjeros de ISIS
Dada la aparente inadecuación de la CPI (Corte Penal Internacional) para llevar a ISIS y a otros actores de la guerra civil siria ante la justicia, se ha desarrollado cierto interés por lograr un tribunal internacional en la región donde enjuiciar los crímenes de ISIS. Es decir, en el noreste de Siria o en Irak. El establecimiento de un tribunal ad hoc en la región permitiría a la comunidad mundial eludir varios de los obstáculos a los que se enfrentan la CPI, o los procedimientos de justicia interior de cada Estado. Sin embargo, cualquier tribunal de este tipo también tendría que hacer frente a importantes problemas logísticos, desafíos jurídicos y de seguridad.
Ejemplos históricos de tribunales internacionales
Afortunadamente, existen dos ejemplos históricos de tribunales internacionales creados ad hoc, que resultan instructivos a la hora de considerar los retos a los que se enfrenta cualquier presunta justicia internacional para ISIS. El Tribunal Penal Internacional para Ruanda (TPIR) y el constituido para la antigua Yugoslavia (TPIY), fueron creados por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y tenían el mandato de ocuparse únicamente de los crímenes cometidos en esas regiones durante períodos de tiempo específicos. En ambos casos, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas creó el tribunal sin el acuerdo de los estados en cuestión.
La CPI fue creada para sustituir esas medidas ad hoc, pero dado su alcance y eficacia limitados, se han seguido creando mecanismos alternativos de justicia internacional, como las Cámaras de Justicia “híbridas” kosovares abiertas recientemente en La Haya.
El Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia
El Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (TPIY) fue creado en 1993 para juzgar los delitos que se cometieron durante el conflicto que siguió a la desintegración de la antigua Yugoslavia, que se cobró la vida de unas 130.000 personas, y se caracterizó por atrocidades como el genocidio bosnio, la tortura y el uso de la violación como arma de guerra.
El TPIY fue establecido por la resolución 827 del Consejo de Seguridad de la ONU y tiene su sede en La Haya, separado y anterior a la CPI, que también se encuentra en la ciudad holandesa. Tenía la capacidad de imponer sentencias de hasta cadena perpetua por violaciones de la Convención de Ginebra e infracciones de la legislación militar, genocidio y crímenes contra la humanidad, con acuerdos firmados por varios estados que conllevaron como resultado que se dictaran sentencias de prisión.
Se llevaron a cabo 111 juicios, que dieron lugar a 90 condenas y sentencias, además de 21 absoluciones. Fue el TPIY quien determinó que se había cometido un genocidio en Srebrenica. Como primera organización internacional para la justicia penal, y paso importante para los esfuerzos de justicia global marcados por defectos significativos, el llamado “tribunal ad hoc” para la antigua Yugoslavia sirve como modelo instructivo para el proceso de un tribunal internacional putativo para ISIS.
Lecciones para el tribunal de ISIS
Como primer tribunal internacional ad hoc, el TPIY tuvo necesariamente que establecer sus propios fundamentos legales, algunos de los cuales serían relevantes en el establecimiento de un tribunal para los combatientes de ISIS.
Por ejemplo, el TPIY indica cómo puede funcionar el tribunal de ISIS junto con los tribunales nacionales y los gobiernos de otras partes del mundo. El TPIY tenía primacía sobre los tribunales nacionales y podía solicitar formalmente a los tribunales nacionales el diferimiento de casos al tribunal. Sin embargo, los tribunales nacionales también tenían derecho a procesar a personas por delitos cometidos en el territorio de la ex Yugoslavia si esto no se realizaba. De esta manera, el tribunal de ISIS propuesto podría servir para ocuparse de los combatientes de ISIS cuyos países no han mostrado interés en repatriarlos y, al mismo tiempo, permitir la repatriación global siempre que sea posible para aliviar la carga en el noreste de Siria.
El tribunal tenía un alcance limitado, teniendo en cuenta la escala de los delitos cometidos en el conflicto yugoslavo, y se ocupó de 161 acusaciones. Dejando a un lado la posibilidad de ampliar de 161 a posiblemente más de 1.000 los acusados extranjeros sólo en el supuesto tribunal para ISIS, el modelo del TPIY resulta instructivo en términos de su relación con la Cámara de Crímenes de Guerra Especiales en un tribunal de Belgrado, que podía juzgar a soldados ordinarios y a aquéllos que hubieran cometido delitos. Trabajar en paralelo con un tribunal penal regional, sin intentar encontrar una base de pruebas para procesar a todos los 1.000 acusados por crímenes de guerra, podría abrir el camino para encontrar una solución para los miles de combatientes extranjeros actualmente detenidos sin juicio en el noreste de Siria.
El TPIY también se abrió respecto a los límites de su jurisdicción. Tras el cierre del TPIY, el presidente Carmel Agius dijo: “Estamos mostrando la verdad sobre lo que pasó. No estamos ofreciendo la reconciliación, porque no ha sido el mandato recibido por este tribunal. No lo hemos tratado en absoluto. Todos los ciudadanos de los países de la región tienen la responsabilidad de la reconciliación”.
Un mecanismo de justicia internacional es un paso hacia la reconciliación, proporcionando la materia prima necesaria para que se cierre un capítulo en la historia de la región, pero debe ir acompañado de programas más amplios de reconciliación y educación, como los que la Administración Autónoma (AANES) ha propuesto y está comenzando a desarrollar en las regiones recién liberadas de ISIS.
Fracasos y desafíos
En el ámbito interno, el TPIY fue visto como opaco, realizado lejos de la propia antigua Yugoslavia. La ubicación del tribunal en el noreste de Siria, con representación local dentro del poder judicial y en todas las estructuras de la corte, contribuiría de alguna manera a solucionar esto, aunque los juicios abiertos deberían equilibrarse con la necesidad de proteger a los testigos y garantizar la seguridad de la corte.
Asimismo, el TPIY no logró la legitimidad local, ya que fue visto como una conspiración contra los serbios, tanto por parte del público como de muchos de los involucrados, con el expresidente yugoslavo Slobodan Milošević entre los que rechazó su legitimidad, que fue encontrado culpable (por el TPIY). En el caso de un grupo como ISIS, cuya voz está lejos del consenso internacional general, sería fácil hacer desaparecer las reclamaciones de ilegitimidad, pero un tribunal internacional para ISIS debe pensar no sólo en su reputación entre los partidarios de ISIS, sino entre las comunidades musulmanas y árabes en general en Siria y en toda la región.
En este sentido, el uso tanto de miembros locales del poder judicial como de testigos locales también es importante para construir legitimidad, e indicar que este tribunal no es una imposición extranjera, sino que se lleva a cabo con y en nombre de las personas locales que sufrieron a ISIS. Esto necesariamente debe ir acompañado de un programa integral de protección de testigos, lo que faltaba en la ex Yugoslavia, con el resultado de que los testigos fueron intimidados antes de los juicios y amenazados, rechazados y obligados a trasladar sus hogares.
El Tribunal Penal Internacional para Ruanda
El Tribunal Penal Internacional para Ruanda (TPIR) abrió sus puertas en 1995, después del genocidio en Ruanda, en el que combatientes hutu mataron a unos 800.000 tutsis junto con otros hutus políticamente moderados. El tribunal fue establecido como tribunal ad hoc por el Consejo de Seguridad de la ONU. El objetivo era “procesar a las personas responsables de genocidio y otras violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de Ruanda y estados vecinos”.
Sólo Ruanda votó en contra del establecimiento del TPIR, en desacuerdo con el período cubierto por el tribunal, que consideraba insuficiente, la ausencia de pena de muerte, el encarcelamiento de personas procesadas en terceros países y una serie de otros aspectos técnicos legales. El Tribunal estaba ubicado en Tanzania, con oficinas en Ruanda y estuvo trabajando hasta 2015, cuando se disolvió. El Tribunal inculpó a 93 individuos que consideró responsables de violaciones graves de la Ley humanitaria internacional. De 93 personas, 62 fueron condenadas, 14 absueltas, 10 remitidas a la jurisdicción nacional para su juicio. Entre los acusados, figuraban funcionarios militares y gubernamentales de alto rango, políticos, empresarios, así como líderes religiosos, milicianos y de los medios. Por primera vez en la historia, un tribunal internacional emitió veredictos contra personas responsables de cometer genocidio. El TPIR también fue la primera institución en reconocer la violación como medio para perpetrar genocidio.
En primer lugar, el tribunal de Ruanda se encontró con varias de las mismas críticas que el TPIY en términos de opacidad, duración y acceso a la justicia. Los supervivientes del genocidio habrían encontrado al tribunal distante e indiferente a su suerte. Los conflictos burocráticos internos y la división geográfica de las oficinas entre Arusha, Kigali y La Haya causaron problemas e impidieron las investigaciones. Las largas ausencias de jueces y abogados defensores, liderazgo inconsistente, abogados inexpertos, estrategia de procesamiento ineficaz y la presión de Washington para terminar sus investigaciones en septiembre de 2004, y todos los juicios para 2008, causaron serias inestabilidades dentro del tribunal.
Algunos de estos problemas podrían mitigarse si se establece el tribunal en el noreste de Siria. Jean Flamme, un abogado con experiencia tanto en el TPIR como en la CPI, ha subrayado la importancia de mantener el tribunal de ISIS propuesto en el noreste de Siria, basándose en que en dicho tribunal “la justicia es mucho más visible para las personas que han sufrido… la justicia debe quedar visible”.
Sin embargo, también ha señalado que las infraestructuras en el noreste de Siria requerirían una ampliación significativa para poder gestionar un tribunal internacional de acuerdo con las normas internacionales. Algunos problemas burocráticos se resolverían por proximidad a testigos y pruebas, pero también otros muchos se abrirían al acoger al tribunal en una región como el noreste de Siria, que enfrenta amenazas de seguridad importantes y actualmente carece de infraestructura básica, como prisiones de mujeres para albergar a las mujeres condenadas como miembros de ISIS y delitos conexos.
En segundo lugar, Flamme ha señalado que un tribunal internacional solo podría dirigirse a los “peces gordos” vinculados a crímenes de guerra, genocidio y crímenes de lesa humanidad, y no a los “ejecutores inferiores”, los soldados ordinarios que deben ser enjuiciados en “cámaras locales especializadas, de composición mixta…, con uno o dos jueces internacionales, junto con jueces nacionales”. En Ruanda, esto no se llevó a cabo. Tribunales tradicionales “gacaca”, establecidos para manejar la abrumadora cantidad de casos posteriores al genocidio, no respetaron las normas legales básicas, lo que significa que la justicia no se ejecutó adecuadamente.
En el noreste de Siria, por otro lado, hay un poder judicial joven pero funcional que proporciona abogados defensores y derecho de apelación, que ha enjuiciado hasta la fecha a unos 7.000 combatientes locales de ISIS. Con apoyo internacional y capacitación, este sistema podría convertirse en una organización social viable, y podría juzgar a los combatientes internacionales de bajo rango por cargos criminales. Nuevamente, esto requeriría entrenamiento y apoyo significativos exteriores. El sistema de justicia en el noreste de Siria, aunque aspira a las normas internacionales de derechos humanos, actualmente no está reconocido fuera de las áreas de control de la Administración Autónoma, debido a la falta de estatus político del noreste de Siria.
En tercer lugar, y quizás lo más importante, la jurisdicción del TPIR se limitaba únicamente a los delitos cometidos en 1994, mientras que los fiscales optaron por no buscar el procesamiento de tutsis como Paul Kagame, posteriormente presidente de Ruanda, aunque también fueron acusados de crímenes de guerra. Dieron prioridad a asegurar una mayor cooperación con el gobierno ruandés en lugar de procesar casos vinculados a miembros del gobierno, que anteriormente habían asumido papeles clave en atrocidades y crímenes cometidos por las Fuerzas Patrióticas de Ruanda. Según Flamme, el resultado fue “la justicia del vencedor (que) no es objetiva. Personas inocentes han sido condenadas. La justicia debe ser completa, o no debería existir”.
Con este fin, Flamme ha enfatizado que cualquier mecanismo de justicia internacional en el noreste de Siria no debe limitarse a ISIS, sino que debe enjuiciar a todos los actores en la guerra civil siria sospechosos de crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad, en particular el régimen sirio y sus partidarios rusos. Dados los obstáculos legales que se están levantando ante los mecanismos de justicia internacional en Siria por parte de Rusia, como se ha descrito anteriormente, esto parece ser casi imposible.
Como señala Flamme, la negativa de los acusados a aceptar la legalidad del TPIR y el TPIY no impidió que fueran condenados; ni la negativa de los Estados Unidos a reconocer a la CPI le ha impedido obtener condenas. Incluso si algunos estados o partes se niegan a reconocer al tribunal, aún puede tener un propósito, ya que los juicios en ausencia sirven para exponer los crímenes de otras partes en el conflicto y para imponer sanciones internacionales a los convictos. (Flamme da el ejemplo del futuro tribunal en Holanda para los sospechosos de haber derribado el vuelo MH17, a pesar de las protestas de Rusia).
A pesar del oprobio occidental -y regional- contra ISIS, debe reconocerse que un tribunal que se dirige exclusivamente a la organización corre el riesgo de pasar por alto o disminuir la importancia de otras atrocidades cometidas en Siria.
Un tribunal internacional en Irak
Además del noreste de Siria, hay otra opción para enjuiciar a ISIS en el suelo donde cometieron sus crímenes. Irak hizo una proposición bien documentada para expatriar a los combatientes extranjeros de ISIS extranjeros del noreste de Siria y llevarlos a un tribunal especial en Bagdad, para el cual el gobierno iraquí está solicitando 10 mil millones de dólares por adelantado, y luego mil millones más al año durante la duración del tribunal y la detención. Por cada sospechoso de ISIS, propusieron una tasa de dos millones de dólares al año, basada en el coste promedio de mantener a un preso en la Bahía de Guantánamo. Hasta ahora no ha habido una reacción pública oficial a esta propuesta.
De hecho, los sospechosos extranjeros de ISIS ya están siendo juzgados en Irak. Cientos de sospechosos extranjeros de ISIS ya han sido juzgados y sentenciados, y muchos están detenidos en Bagdad. Se ha dictado sentencias de muerte para convictos extranjeros, incluidos ciudadanos alemanes y franceses. Hay más de 100 ciudadanos extranjeros en el corredor de la muerte en Irak, incluidos miembros de un pequeño grupo de ciudadanos franceses entregados por las FDS (Fuerzas Democráticas de Siria) en su primer traslado de prisioneros extranjeros a Irak, pero hasta el momento no se han llevado a cabo ejecuciones de sospechosos extranjeros de ISIS.
Estos han sido esfuerzos en virtud del derecho penal ordinario, sin referencia a crímenes de guerra, genocidio o crímenes de lesa humanidad. Los delitos internacionales, como los crímenes de guerra y el genocidio, actualmente no están incorporados en la ley iraquí.
Otra posibilidad sería establecer un tribunal híbrido. Este tipo de tribunal combina el derecho nacional e internacional, y se basa en tratados bilaterales con los estados concernientes y la ONU. De este modo, un tribunal híbrido internacional-iraquí podría enjuiciar los delitos cometidos por ISIS bajo la ley iraquí y, por lo tanto, incluir la mera membresía de ISIS como delito. Sin embargo, en la Constitución de Irak de 2005 se afirma que “no se pueden establecer tribunales especiales o excepcionales”. Establecer una corte híbrida violaría esta ley.
Más allá de estas dificultades legales, el mayor problema de Irak para juzgar a los sospechosos de ISIS son los bajos estándares de justicia penal del país, con sentencias de muerte dictadas tras juicios de menos de diez minutos, sin acceso a un abogado, evidencia o derecho de apelación. El enfoque de Irak ha sido dar a los cocineros de ISIS el mismo castigo que a los combatientes acusados de violaciones o decapitaciones. Las voces de las víctimas de ISIS, como los yezidíes, han sido ignoradas en los tribunales. Human Rights Watch afirmó que los juicios en Irak a menudo se basan en pruebas circunstanciales y confesiones basadas en torturas. Acelerar los juicios puede llevar a la ejecución de personas inocentes, como también ha advertido la ONU.
Además, las partes interesadas en el procesamiento de ISIS, como los países europeos y las Naciones Unidas, no aceptan el uso de la pena de muerte, lo que está permitido por la ley iraquí y se ha aplicado a sospechosos miembros de ISIS de forma generalizada y supuestamente arbitraria. La política de la ONU prohíbe apoyar o asistir a juicios o procesos injustos que podrían conducir a penas de muerte, e Irak ha declarado rotundamente que no está dispuesto a renunciar a la pena de muerte en ningún tribunal internacional putativo en su suelo.
En esto Irak se mantiene en oposición a la Administración Autónoma, que prohibió la pena de muerte tras su declaración de autonomía, y ahora impone sentencias máximas de 20 años para los delincuentes, incluidos los miembros locales de ISIS. Irak también ha declarado que no está dispuesto a permitir que las agencias humanitarias internacionales accedan a sus centros de detención. En contraste, en su plan de ocho puntos para lograr un tribunal internacional en el noreste de Siria, la Administración Autónoma ha dado la bienvenida a observadores internacionales a sus centros de detención y tribunales para ayudarla a mejorar el estándar de justicia que ofrece.
La Resolución 2379 de la ONU identificó a los tribunales iraquíes como el lugar principal para procesar a los combatientes del ISIS, pero las condiciones humanitarias en la detención y los tribunales iraquíes son objeto de críticas cada vez mayores, como por ejemplo tras la decisión altamente publicitada de ejecutar a ciudadanos franceses, por lo que hay un interés cada vez mayor por explorar otras opciones.
Por su parte, la Administración Autónoma transfirió a cientos de combatientes de ISIS iraquíes a su país de origen, para que se enfrentaran a la justicia, así como a un número limitado de combatientes extranjeros buscados por delitos en territorio iraquí. Sin embargo, tras la imposición por parte de Irak de la pena de muerte a los combatientes franceses, la AANES ha detenido todas las transferencias a Irak.
Un tribunal internacional en el noreste de Siria
A la luz de la falta de movimiento de la comunidad internacional en materia de repatriación o para el establecimiento de un mecanismo efectivo de justicia internacional, la AANES comenzó a emitir llamadas para un tribunal internacional en su propio territorio. Se dirigió específicamente a aquellos países que tienen nacionales detenidos en sus territorios, pidiéndoles que apoyen la idea con cooperación y coordinación legal y logística.
FUENTE: Rojava Azadi Madrid / Edición: Kurdistán América Latina